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Requisitos específicos y proceso

8.  Certificación de empresas para implantación de sistemas de protección colectiva

Para solicitar la acreditación de la empresa para la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva, un representante legal de la misma deberá iniciar el proceso de solicitud, rellenando el formulario disponible en:

www.ASPRECO.es/certificación/solicitud

Una vez enviado el formulario, el Secretariado de ASPRECO informará al solicitante de los pasos a seguir para enviar y tramitar su documentación.

 

8.1.  Certificación quinquenal

El proceso de acreditación tendrá una validez máxima de 5 años, expirando siempre el 31 de diciembre del año que corresponda.

El proceso de acreditación tendrá un coste reducido si la empresa es miembro de ASPRECO y está al corriente de sus obligaciones.

La acreditación se revisará anualmente, como se explica en el apartado siguiente, mediante un proceso simplificado de certificación anual.

El proceso de certificación anual tendrá un coste reducido si la empresa es miembro de ASPRECO y está al corriente de sus obligaciones.

Como resultado de la acreditación y las certificaciones anuales se emitirá un certificado en cinco idiomas (español, inglés, francés, portugués y alemán) en el que constarán los requisitos que la empresa cumple para desarrollar esta actividad, conforme a lo expuesto en el presente protocolo.

ASPRECO mantendrá bajo custodia toda la documentación aportada por la empresa para la acreditación, mientras dure su vigencia. Una vez expirada la acreditación, la documentación será devuelta íntegramente a la empresa, por correo postal.

 

8.2.  Niveles de acreditación

Siguiendo las pautas generales establecidas en este protocolo, se establecerán varios niveles de acreditación, en función de las tareas a realizar.

Originalmente se iniciará la puesta en funcionamiento con un nivel básico (nivel 1), y se irá complementando el sistema de acreditación con otros niveles de complejidad creciente.

 

8.3.  Requisitos para acreditarse

Nivel 1

Para la acreditación para la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva, la empresa deberá aportar la siguiente documentación:

  • Documento notarial de constitución legal y, en su caso, las modificaciones posteriores
  • Inclusión de la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva en el objeto social de la empresa
  • Número de Identificación Fiscal, con domicilio social y fiscal
  • Organigrama de la empresa, en el que consten al menos los cargos expuestos en el apartado de “Recursos humanos” del presente protocolo
  • Poderes del representante legal que solicita la acreditación
  • Inscripción en el Registro Mercantil
  • Justificante de estar al corriente de pagos con Hacienda
  • Inscripción en la Seguridad Social
  • Justificante de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social
  • Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA)
  • Plan de Prevención de Riesgos Laborales implantado en la empresa incluyendo la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva
  • Seguro de responsabilidad civil con cobertura para la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva a lo largo de todo el año y justificante de abono del mismo de acuerdo a sus actividades.

Además de estos requisitos generales, al solicitar la acreditación para la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva la empresa se compromete también, mediante una declaración responsable, a respetar estrictamente los requisitos y metodología expuestos en los apartados de:

  • Recursos humanos,
  • Recursos materiales,
  • Relación con el cliente y
  • Control de la producción.

 

Tasas de tramitación

Tras enviar la solicitud para iniciar el proceso de acreditación, la empresa solicitante recibirá una factura para el estudio de su documentación.

Una vez abonado el importe de estudio, se pedirá al solicitante el envío de la documentación indicada en esta página. El solicitante dispone de un plazo máximo de 15 días naturales para remitir toda la documentación y, si procede, subsanar cualquier incidencia que le sea requerida.

Si todo está correcto, se le emitirá una nueva factura con el coste de la certificación. Una vez abonado el importe de certificación, se emitirá el certificado de acreditación al solicitante.

 

Tasas – Acreditación quinquenalMiembros*

Resto de empresas

Estudio300 €1.500 €
Certificación150 €300 €

 

* Se consideran miembros las empresas que pertenezcan a ASPRECO y estén al corriente de pagos.

 

8.4.  Certificación anual

Nivel 1

Para verificar la acreditación, el primer día hábil del año en curso se solicitará a la empresa la siguiente documentación:

  • Organigrama de la empresa, en el que consten al menos los cargos expuestos en el apartado de “Recursos humanos” del presente protocolo
  • Justificante de estar al corriente de pagos con Hacienda
  • Justificante de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social
  • Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas
  • Seguro de responsabilidad civil con cobertura para la actividad de implantación de sistemas de protección colectiva a lo largo de todo el año y justificante de abono del mismo

La empresa dispondrá de un plazo de 15 días naturales para aportar toda la documentación requerida. Si no cumple los requisitos expuestos, se cancelará su acreditación y se le devolverá la documentación por correo postal.

Además, la empresa deberá comunicar cualquier cambio en los datos y documentación aportados para la obtención inicial de la acreditación.

 

Tasas de tramitación

Tras enviar la solicitud para iniciar el proceso de certificación anual, la empresa solicitante recibirá una factura para el estudio de su documentación.

Una vez abonado el importe de estudio, se pedirá al solicitante el envío de la documentación indicada en esta página. El solicitante dispone de un plazo máximo de 15 días naturales para remitir toda la documentación y, si procede, subsanar cualquier incidencia que le sea requerida.

Si todo está correcto, se le emitirá una nueva factura con el coste de la certificación. Una vez abonado el importe de certificación, se emitirá el certificado anual al solicitante.

 

Tasas – Certificación anualMiembros*Resto de empresas
Estudio100 €300 €
Certificación100 €150 €

 

* Se consideran miembros las empresas que pertenezcan a ASPRECO y estén al corriente de pagos.

 

8.5.  Cancelación

La acreditación podrá ser cancelada de forma unilateral por parte de la empresa, sin coste alguno para la misma.

Del mismo modo, ASPRECO se reserva el derecho a la cancelación inmediata y sin derecho a devolución, si verifica que la empresa no cumple los requisitos generales de acreditación o hace un uso inadecuado de la misma.