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¿Qué normas definen los Sistemas de Protección Definitivos y Sistemas contra caídas?

Entre las normas que se han mencionado para describir cada uno de los sistemas que aparecen están:

  • EN 14122, desde la -1 hasta la -4, relativa a las máquinas y los medios de acceso permanentes a ellas.
  • EN 131, desde la -1 hasta la -7, referente a escaleras de mano.
  • EN 363 (Ratificada), sobre equipos de protección individual contra caídas. Sistemas de protección individual contra caídas.
  • EN 795 (Ratificada), que regula los diferentes sistemas de protección mediante los requisitos, los métodos de ensayo, las instrucciones y el marcado de los dispositivos de anclaje, destinados a ser utilizados con Equipos de Protección Individual contra las caídas de altura.
  • EN 353-1, sobre equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje. Parte 1: Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de
    anclaje rígida.
  • EN 353-2, sobre equipos de protección individual contra caídas de altura. Parte 2: Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje flexible.
  • EN 361: Equipos de protección individual contra caídas de altura.
  • EN 358: Cinturones para sujeción y retención y componente de amarre de sujeción.
  • EN 354: Equipos de amarre.
  • EN 362 Equipos de protección individual contra caídas de altura.
  • EN 355 Absorbedores de energía.
  • EN 360 Dispositivos anticaídas retráctiles.
  • EN 1891, Equipos de protección individual para la prevención de caídas desde una altura.
  • EN 365: Equipo de protección individual contra las caídas de altura. Requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje.

¿Qué normativa es complementaria a la de obligado cumplimiento?

Además de las normas que hemos visto a lo largo del documento vinculadas a los distintos SAPD, existen algunas leyes relacionadas indirectamente con los SAPD que cabe mencionar, entre las que están:

  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
  • Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las medidas mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
  • Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia
    de trabajos temporales en altura.
  • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
  • Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (sobre todo, en lo concerniente a la Evaluación de Riesgos y Planes de Prevención).

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