
El contratista será el encargado de ejecutar la totalidad o parte de las obras con medios propios y ajenos y poner en conocimiento del coordinador de seguridad y salud y de la representación del equipo de trabajo las empresas que formarán parte del proceso de ejecución de la obra, y debe asumir mediante un contrato con el promotor la realización de estos trabajos. Deberá tener en cuenta las medidas de seguridad y salud previstas para los trabajos posteriores de mantenimiento. Valorar esas partidas y hacer que queden instaladas o montadas.
Por otro lado, las empresas subcontratistas deben trasladar al contratista toda aquella información o documentación que afecte a la obra y, su cargo como agentes especializados y con conocimientos del sector para el que se les ha contratado, hace que, aunque la responsabilidad no recae sobre ellos, sino sobre el contratista, sus aportaciones sobre lo que debería aplicarse en su ámbito de trabajo deben tenerse en cuenta, aunque carezcan de responsabilidad.
Para ello, es recomendable dejar constancia por escrito de que los trabajos se han solicitado de cierta forma por parte del contratista para asegurar que éste agente es quién cuenta con la responsabilidad ya que existen sentencias en las que la empresa contratista comparte responsabilidad con la subcontrata alegando su falta de capacidad. Es por ese motivo que, el contratista debe actuar desde la moralidad teniendo en cuenta que el equipo subcontratado será el que sepa decidir entre las posibles soluciones con el criterio adecuado en su ámbito.
La función y responsabilidad del coordinador de seguridad y salud será aplicar los principios generales de prevención mediante una jerarquía de prevención de los riesgos laborales como se puede ver en el siguiente esquema, principalmente durante la ejecución de la obra. Este orden de soluciones va alineado con reducir el máximo número de riesgos posibles, entre los que está muy presente el factor humano. Cuanto más se dependa de la protección de forma individual, mayor riesgo existe de posibles incidencias.
Su cargo será designado a través del promotor durante la ejecución de la obra, y en casos específicos, también se designará en fase de Proyecto. Es el responsable de definir las medidas de seguridad y salud para los trabajos de mantenimiento y uso del edificio o instalación, que deberán quedar integrados tanto en su Estudio de Seguridad como en el Proyecto. Deberán estar definidos, cuantificados y valorados económicamente.
En el caso de Edificios, Instalaciones o Fábricas ya en uso, será el Propietario o representante de la Propiedad quien deberá verificar si existen los medios de seguridad adecuados para realizar de forma segura, los trabajos de mantenimiento normativo y programado. Para ello dispone de la Evaluación de Riesgos Laborales del Centro o instalación, en donde se deberá definir por actividades y emplazamientos los riesgos y medidas preventivas para eliminar, reducir y controlar los riesgos que se generen. Debe aplicar los principios de prevención desglosados
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